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Atención: Salvo que se especifique lo contrario, el término agresor Sexual de acuerdo con su significado en este artículo hace referencia a agresores sexuales sujetos a registro conforme a la Ley de Florida. Esto incluye a agresores sexuales menores declarados delincuentes que deben registrarse conforme a las disposiciones de la Ley Federal de Protección y Seguridad de Menores Adam Walsh de 2006.
Todos quienes califiquen como depredadores o delincuentes sexuales deben inscribirse en Florida. El no hacerlo es considerado según la ley un delito de tercer grado.
La designación de una persona como depredadora sexual no es una sentencia ni un fallo sino la situación que deriva de la condena de ciertos crímenes. {Secciones 775.21(10), 943.0435(9), 944.607(9),(10)Leyes de Florida}
La ley de Florida, vigente a partir del 1º de julio de 1996, exige al Departamento de Aplicación de la Ley de Florida mantener una lista actualizada de los Depredadores Sexuales en este estado después de que un tribunal haya redactado una determinación judicial por escrito que los designa Depredadores Sexuales, según se define el término en la Ley de Florida.
El Capítulo 97-299, Leyes de Florida, exige a ciertos agresores sexuales registrarse directamente o poseer información recopilada por el Departamento Correccional o el Departamento de Justicia Juvenil, con la información a ser provista al FDLE. La ley de Florida pone esta información a disposición del público. Este sitio le proporciona a usted información pública sobre Depredadores Sexuales y Agresores Sexuales.
Ver F.S. 775.21 Para obtener información adicional sobre Depredadores Sexuales y F.S. 943.0435 Para obtener información adicional sobre Delincuentes Sexuales.
El sheriff o jefe de policía de la jurisdicción en la que un depredador sexual vive de manera temporal o permanente está OBLIGADO a notificar a la comunidad que hay un Depredador Sexual inscripto. Podrá hacerlo de la forma que él considere apropiada. {Sección 775.21(7)(a)}
La notificación comunitaria sobre los Agresores Sexuales registrados está AUTORIZADA pero NO ES OBLIGATORIA. {Artículos 943.043(1)-(3); 943.0435(12); 944.606(4); 985.481(4)}
USO INCORRECTO O ALTERACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE REGISTROS PÚBLICOS O DISTRIBUCIÓN DE INFORMACIÓN FALSA:
Todo aquel que
Boletín Legal sobre Delincuentes & Depredadores Sexuales del FDLE, Diciembre de 2004
Proporciona una revisión de las leyes aplicables a agresores y depredadores sexuales de Florida en base a las Pautas de 2007 - 2008 de la FDLE para las Leyes sobre Agresores Sexuales de Florida.
Más Información acerca de las Leyes de Florida: